ADLE – Agencia de Desarrollo Local y Empleo

La Agencia de desarrollo Local y Empleo ( ADLE) del Ayuntamiento de Cartagena va a abrir el plazo de inscripción para los cursos que se impartirán los meses de octubre, noviembre y diciembre.

Las seis acciones formativas son las de: ‘Auxiliar de Comercio Exterior’, ‘Búsqueda Activa de Empleo a través de Redes Sociales’ ‘Soplado de Vidrio’, ‘Guía Turístico: El Modernismo en Cartagena’,’Inglés Profesional para Atención al Cliente en Comercio’, e ‘Inglés Profesional para Atención al Cliente en Hostelería’.

Los cursos están dirigidos tanto a personas en situación de desempleo como a trabajadores en activo.

Para el curso ‘Auxiliar de Comercio Exterior‘, y ‘Búsqueda Activa de Empleo a través de Redes‘ el plazo de solicitud permanecerá abierto del 3 al 7 de octubre, teniendo su inicio el 24 de octubre. Ambas acciones formativas están dirigidas a un total de 15 alumnos/as en situación de desempleo, con un total de 100 y 80 horas lectivas respectivamente.

Del 3 al 7 de octubre se abre el plazo para solicitar el curso de ‘Soplado de Vidrio y los 15 alumnos/ as seleccionados iniciarán esta acción formativa el 24 de octubre en horario de mañana. Se trata de un curso gratuito, subvencionado por el por el Servicio Regional de Empleo y Formación y el FSE, y gestionado por la Agencia de Desarrollo Local y Empleo, dirigido a desempleados y con una duración de 138 horas lectivas.

El curso de ‘Guía Turístico: El Modernismo en Cartagena‘, se podrá solicitar del 3 al 7 de octubre y tendrá una duración de 24 horas. Dará comienzo el día 17 de octubre y finalizará el 5 de noviembre, realizándose en horario de tarde. Esta acción formativa está dirigida a personas desempleadas y trabajadores en activo, preferentemente Guías Oficiales de la Región de Murcia. Podrán acceder en caso de quedar plazas disponibles, los diplomados en Turismo, Técnicos de Grado Superior en Turismo o Licenciados en otras especialidades.

Para las acciones formativas de ‘Inglés Profesional en Hostelería y Comercio’ el plazo de solicitud permanecerá abierto desde el 17 al 21 de octubre. Ambas acciones están destinadas a personas en situación de desempleo y trabajadores en activo, con una carga lectiva de 20 horas. Como requisito, los solicitantes han de tener un conocimiento de inglés equivalente a B1 (Bachiller) y tener experiencia en el sector de Hostelería o Comercio.

La Agencia de Desarrollo Local y Empleo ha anunciado que también tiene previsto iniciar para este trimestre los cursos de ‘Manipulador de Alimentos’, y ‘Monitor de Natación‘.

 

Con la puesta en marcha de todas estas acciones formativas, la Agencia de Desarrollo Local y Empleo pretende mejorar las posibilidades de inserción laboral de las personas desempleadas del municipio de Cartagena, así como mejorar la cualificación de los trabajadores en activo.

Las solicitudes se presentarán en la ADLE, en calle Caridad nº 1 de Cartagena, toda la información se puede consultar en https://adle.cartagena.es/

 

vía ADLE – Agencia de Desarrollo Local y Empleo.

Museo del Vidrio de Santa Lucía

El Museo del Vidrio de Santa Lucía el 3 de octubre abrirá sus puertas con una exposición de piezas de la antigua fábrica de cristal y una demostración de la elaboración artesanal del vidrio en la nave de hornos.

 

 

Todo está ya prácticamente preparado para que el lunes, día 3 de octubre, el Museo del Vidrio de Santa Lucía, de la mano de la Asociación Artesanal de Vidrieros, abra sus puertas al público y comience su andadura, no sólo como sala de muestras sino también como centro de formación.

Con respecto a la primera vertiente, el Museo alberga en la primera planta una exposición de más de 200 piezas, distribuidas en 15 vitrinas, procedentes de la antigua fábrica de cristal de Santa Lucía. Además, en la nave de hornos, situada en la planta baja, el visitante podrá ver a un artesano soplando el vidrio, así como los útiles, herramientas y máquinas tradicionalmente usadas por los vidrieros.

El horario de visita es de lunes a viernes de 9,00 a 13,30 horas.

En cuanto a la vertiente formativa, el primer curso que impartirá la Asociación Artesanal de Vidrieros de Santa Lucía, sobre Soplado de Vidrio, comenzará el 24 de octubre y se desarrollará hasta el 1 de diciembre, subvencionado por el Servicio Regional de Empleo y Formación (SEF), a través de la Agencia de Desarrollo Local y Empleo.

Este curso gratuito, que pretende recuperar la tradición vidriera artesanal de la ciudad, va dirigido a desempleados y las inscripciones para el mismo se pueden hacer del 3 al 7 de octubre en la ADLE.

Construido por el Ayuntamiento dentro de los proyectos incluidos en el Plan E y cedido posteriormente a la Asociación Artesanal de Vidrieros de Santa Lucía, el Museo del Vidrio dispone de 600 metros cuadrados repartidos en dos plantas, destinando la primera planta a sala de exposiciones y muestras y la planta baja a taller de artesanos, con hornos, sopletes y sopladoras, así como una prensa de Almansa para fabricar piezas antiguas, de reciente adquisición.

vía Ayuntamiento de Cartagena.

escupir, defecar y orinar en la vía pública sancionables con multas de hasta 750 euros

El pleno del Ayuntamiento de Cartagena tiene previsto aprobar en su próxima sesión del miércoles 5 de octubre la modificación de la ordenanza de limpieza viaria para perseguir de forma más efectiva conductas incívicas de los ciudadanos.

 

 

Esta modificación se hará a raíz de la aprobación en ese mismo pleno del nuevo régimen general sancionador, que amplía los plazos para evitar la caducidad de los procesos de imposición de multas y permite la rebaja de un 30 por ciento de la cuantía cuando se realiza el pago voluntario de las mismas.

La modificación de la ordenanza se incluye dentro de las disposiciones adicionales del nuevo régimen sancionador. Para ello se da una nueva redacción del art 45 de la ordenanza municipal de Limpieza Viaria para introducir la infracción de «escupir, defecar y orinar en la vía pública», actualmente sancionada por Ordenanza de Buen Gobierno de 1926 y que carecía de cobertura legal.

También se ha añadido la de «vertidos de aguas procedentes de aparatos de aire acondicionado a las vías públicas, así como el procedente de riego de plantas o de cualquier otra actividad que suponga vaciar o evacuar aguas, sin la adopción de las debidas precauciones para que el agua no vierta a la vía pública», y la de «cambio de aceites y otros líquidos o realizar reparaciones en la vía pública cuando impliquen el ensuciamiento de la vía o espacios públicos» por las denuncias y quejas que se han generado. Todas estas conductas se considerarán faltas leves, sancionables con multas de hasta 750 euros.

Según ha explicado la concejala de Hacienda, Fátima Suanzes, se trata de una primera reforma de la ordenanza de limpieza viaria, ya que en los próximos meses se acometerá otra más en profundidad.

ASI QUEDARÁ EL ARTÍCULO 45:

Se consideran infracciones leves:

1. El incumplimiento de la obligación de limpieza de la superficie de vía pública por parte de los titulares de las licencias que otorguen derechos a la ocupación de aquella para el ejercicio de sus actividades.

2. Arrojar a la vía pública o a la red de alcantarillado cualquier tipo de residuos por los transeúntes y ocupantes de vehículos y operarios que realicen la carga o descarga de vehículos.

3. Lavado y limpieza de vehículos en la vía pública, así como el cambio de aceite u otros líquidos o realizar reparaciones en los mismos, cuando implique el ensuciamiento de la vía o espacios públicos.

4. Manipulación o selección de residuos depositados para la recogida por el Servicio de Limpieza.

5. El incumplimiento del horario establecido para las operaciones de limpieza doméstica o de comercios y establecimientos fijos.

6. El depósito inadecuado de escombros cuando su volumen sea inferior a un metro cúbico.

7. Escupir, orinar o defecar en las vías públicas.

8. El vertido de las aguas procedentes de los aparatos de aire acondicionado a las vías públicas, así como el procedente de riego de plantas o cualquier otra actividad que suponga vaciar o evacuar aguas, sin la adopción de las debidas precauciones para que el agua no se vierta a la vía pública.

9. La exposición de productos fuera del ámbito de los comercios o establecimientos mercantiles.

10. El depósito en la vía pública de residuos fuera del horario establecido para la puesta a disposición del personal encargado de la recogida de basuras.

11. Arrojar basuras, escombros en solares o espacios abiertos de propiedad pública o privada.

12. La no utilización para el depósito de residuos de los envases y recipientes normalizados o su depósito no clasificado cuando así se haya establecido.

13. El incumplimiento de las normas para la utilización de contenedores

.14. Entrega a persona distinta.

 

vía Ayuntamiento de Cartagena.

La ex directora general de CAM pretendía cobrar una renta vitalicia de 370.000 euros anuales.

La ex directora general de CAM pretendía cobrar una renta vitalicia de 370.000 euros anuales

 

 

La ex directora general de la Caja del Mediterráneo (CAM), María Dolores Amorós. Foto: Efe

 

Adiós inminente. El Banco de España prepara el despido disciplinario de María Dolores Amorós, ex directora general de CAM hasta agosto, por buscar el beneficio propio, falsear las cuentas y realizar una gestión deficiente.

La ejecutiva había sido apartada de su puesto después de que la caja fuera intervenida y se designaran tres administradores. Amorós (Alicante, 1962) continuaba como empleada, con sueldo.

El Banco de España considera que los hechos representan un incumplimiento grave en el contrato de alta dirección de Amorós. El despido se producirá sin perjuicio de las responsabilidades que le puedan corresponder en otros ámbitos, tanto a Amorós, como a su predecesor, Roberto López-Abad, y al consejo.

Los administradores acusan a Amorós de actuar en beneficio propio a la hora de calcular su pensión. Estos hechos, reprobables para el Frob, se remontan al 11 de noviembre de 2010. Amorós, hasta entonces directora general adjunta, fue designada ese día directora general, en sustitución de López Abad. Éste asumía la dirección del fracasado Banco Base. Arrancaron entonces cinco movimientos que el Frob rechaza.

1. Retribución anual. Por ser directora general, se le asignó una retribución anual de 593.040 euros.

2. Pacto con el presidente. Particularmente reprobable para el Frob es que menos de 30 días después, el 7 de diciembre del año pasado, Amorós cerró su contrato y pactó con el presidente (Modesto Crespo) su pensión, con una prestación vitalicia asegurada de 30.791 euros al mes (369.497 euros anuales).

A este importe se le aplicó una revalorización del 2% anual desde la jubilación. La cifra crecería con las prestaciones que le corresponderían de la Seguridad Social, del plan de pensiones de CAM y del fondo interno acumulado.

3. Sin confirmar el cargo por la asamblea. Para fijar el importe se partió de su retribución como directora general, cargo que en dicho momento no tenía confirmado. La designación de Amorós exigía su ratificación por la asamblea, hecho que se produjo el 10 de diciembre, tres días después de acordar la pensión vitalicia.

4. Cálculo incorrecto, en contra del consejo. La estimación de la pensión se produjo tomando como base su salario de diciembre de 2010, pese a que el consejo tenía un acuerdo por el que para fijar las pensiones se debía tener en cuenta la retribución fija de los tres años anteriores a la jubilación.

Pero Amorós y también López Abad partieron de su sueldo a 7 de diciembre de 2010 para fijar su pensión, sin respetar el acuerdo del consejo, según los administradores del Frob. Para el resto de la alta dirección se tomó como base el sueldo de noviembre de 2010, nuevamente sin tener en cuenta la media de los tres ejercicios.

5. Contabilizar el fijo y el variable. Los administradores sostienen que para las estimaciones de las pensiones de toda la cúpula se incluyó tanto la retribución fija como los incentivos. El consejo había establecido que sólo computara la fija. Incluir los incentivos obligó a contratar un seguro que a finales de junio del año pasado, cuando la situación de la caja ya era crítica, ascendía a 59,7 millones. Este importe cubría a los trece miembros que en ese momento integraban la alta dirección.

Consecuencias
Lo más probable es que cuando el despido prospere, Amorós recurra en los tribunales, sosteniendo que, en su actuación, seguía las instrucciones de sus superiores y del Banco de España. CAM, por el contrario, cree que el despido es procedente y así quiere evitar pagar la pensión. El contrato de Amorós recogería que este derecho se pierde al ser objeto de un despido disciplinario. La directiva sólo recibiría la indemnización correspondiente a la parte proporcional del año hasta el despido.

vía La ex directora general de CAM pretendía cobrar una renta vitalicia de 370.000 euros anuales,Banca. Expansión.com.